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Las mujeres de entre 60 y 64 años tienen una nueva posibilidad de acceder a una jubilación ordinaria, sin tener los 30 años de aporte que exige el régimen previsional en la Argentina.
¿Cómo es posible? Por el Decreto 475/2021 que les reconoce años de aporte por tareas de cuidado de sus hijos; beneficio que puede combinarse con las moratorias vigentes.
En Los Turello de Bolsillo (LTDB) se abordó este tema con la participación Daniel Medah, abogado especialista en temas previsionales y titular del estudio jurídico que lleva su apellido.
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Hay que recordar que el Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones (SIJP) establece que una persona necesita 30 años de aportes para jubilarse. Las mujeres deben tener al menos 60 años y los hombres, 65.
En el caso de las madres de entre 60 y 64 años que no pueden acreditar los servicios mínimos para jubilarse podrán sumar años de aporte por cada hijo, gracias al último reconocimiento establecido por Decreto nacional.
Quedan fuera de este beneficio las mujeres de 65 años en adelante, quienes pueden acceder a la Pensión Universal del Adulto Mayor (PUAM).
¿Cómo se computan los años de aporte?
Las beneficiarias pueden acreditar un año de aporte por cada hijo, al cual se le suma:
«Si se trata de hijos adoptivos o con discapacidades, se agrega un año, por lo que se suman dos años de aportes en este caso por cada hijo», explica Medah.
Aún contabilizados los años por tareas de cuidado, es posible que algunas beneficiarias no lleguen a acreditar los 30 años requeridos.
De hecho, Medah sostiene que “este beneficio nunca se va a poder utilizar por sí solo”, en referencia a la necesidad de combinar el reconocimiento por hijo con alguna de las moratorias vigentes.
“Hay dos moratorias vigentes; una, que permite (sumar aportes) desde los 18 años y hasta el 30 de septiembre de 1993; y otra, desde los 18 años hasta el 31 de diciembre de 2003 (Ley 26.970), que tiene vigencia hasta el 22 de julio de 2022”, detalla el abogado previsionalista.
En el caso de las moratorias, hay que tener en cuenta que la cuota mínima ronda los mil pesos por mes.
Jubilación mínima: $23.064,70 (se incrementará en septiembre).
Las mujeres que logren acceder a la jubilación a través de estas facilidades lo harán con el haber mínimo ($23.064,70), además del beneficio de la obra social del PAMI.
Este monto se incrementará desde septiembre por la aplicación de la ley de movilidad jubilatoria.
Desde este mes, ya se puede solicitar el turno de atención en el sitio web de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para iniciar el trámite jubilatorio con este nuevo reconocimiento de aportes por tareas de cuidado.
En todos los casos, la ANSES analizará la situación de vulnerabilidad de la persona que solicita el beneficio.
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