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  • Ganancias: qué cambia con el nuevo proyecto y las “deducciones” a cargar en marzo

    Publicado: 21/03/2021 // Comentarios: 0

    La Cámara de Diputados de la Nación emitirá despacho esta semana para tratar en los próximos días la reforma del Impuesto a las Ganancias para los trabajadores en relación de dependencia (cuarta categoría) y para los jubilados, cuyos montos no imposibles subirán a 150 mil pesos.

    Luciano Brunotto, miembro del estudio contable Castillo & Asociados, brindó en Los Turello un análisis de los cambios que regirán para este año y un dato clave: hasta el 31 de marzo pueden cargarse las “deducciones” de 2020, previo a la liquidación anual del impuesto que se hace en abril.

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    Hay que recordar, en primer lugar, que Ganancias es un impuesto anual, por lo que los cambios regirán para 2021, mientras que para el año pasado se mantendrán las condiciones fijadas por la anterior ley.

     

    Ganancias: la carga de deducciones

     

    Brunotto destacó que “durante este mes podrán hacer todas las deducciones que regirán en cuanto al saldo que deberán pagar los trabajadores en relación de dependencia sobre Ganancias 2020. Si hubiera una devolución (a favor del trabajador) deberá efectuarse con el salario de abril, que se cobra en los primeros días de mayo”, señaló.

    Entre las deducciones que se pueden cargar está la del 40% del costo del alquiler de una vivienda única, siempre y cuando no se posea una propiedad. 

    El 65% de los sujetos que están en relación de dependencia estarían exentos con el nuevo mínimo no imponible de $150 mil.

    Las retenciones a cuenta del impuesto que se hayan realizado en el primer trimestre se devolverán en los primeros días de mayo, tras la sanción de la ley.

    “Los sujetos que cobraron hasta 150 mil pesos en el primer trimestre de este año, podrían tener una devolución de unos 10 mil pesos por mes, en total, un reintegro de 30 mil pesos, además de dejar de sufrir las retenciones en los próximos meses. Para un soltero sería una devolución de unos 120 mil pesos en el año, casi un sueldo más”, destacó Brunotto.

    El aguinaldo y los gastos por movilidad estarían exentos, además de los feriados trabajados, aunque estas alternativas aún se discuten en Diputados.

    • ¿Qué pasa con los jubilados?

    El proyecto prevé elevar a 8 haberes mínimos el monto no imponible, unos 152 mil pesos por mes, además de que el aguinaldo estará exento. 

    Además, se eliminarían otras restricciones. Los jubilados que tengan otros ingresos -por plazos fijos o el alquiler de un inmueble- no sufrirían el descuento de Ganancias hasta un determinado nivel de ingresos.

    Las retenciones sufridas en el primer trimestre serán devueltas con los salarios de abril | Foto: archivo Turello.com.ar

     

    Cambios en Ganancias, ¿un salto al vacío?

     

    Brunotto formuló una crítica a la actual redacción del proyecto, ya que -dijo- “si bien se trata de un beneficio muy amplio, que alcanza al 65% de los trabajadores, crea una situación, que nosotros llamamos «un salto al vacío», para los que ganan más de 150 mil pesos, quienes podrían sufrir descuentos importantes en sus haberes”.

    La advertencia de Brunotto y de otros especialistas sería tenida en cuenta en el proyecto, que establecería “la delegación de facultades para establecer deducciones incrementales para remuneraciones de 150 mil a 173 mil” y así evitar “saltos” en la escala, anticiparon fuentes parlamentarias.

    • Autónomos, los olvidados de siempre

    Brunotto concluyó su intervención señalando que “los grandes olvidados son los autónomos”, ya que no hay avances legislativos para atender la situación de profesionales y comerciantes inscriptos como autónomos.

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