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  • Rige en la práctica el nuevo CCyC, con cambios importantes para las familias y los negocios

    Publicado: 03/08/2015 // Comentarios: 0

    En la práctica, el nuevo Código Civil y Comercial (CCyC) regirá desde hoy, aunque esta vigente desde el último sábado 1° de agosto. Los 2.671 artículos -que reemplazan a los 4.500 que regían hasta julio (algunos de ellos con una permanencia centenaria)- suponen grandes cambios en la organización de la familia y los negocios.

    En este tema, la mayor duda está planteada a nivel de los particulares, si cuando se plantea un contrato en dólares u otra moneda extranjera, debe reintegrarse en esa moneda o bien si se puede pesificar ese monto. En cambio, para las entidades financieras rige la obligación de reintegrar la moneda en la que recibieron el depósito.

    Cambios-Nuevo-Codigo-Civil-y-Comercial-Argentino

    Infografía: Télam

     

    Además de los cambios mencionados en la infografía, debe agregarse la  

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