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  • Alquileres, el tema que dominó el segundo micro de #LTDB: “Los Turello de bolsillo”

    Publicado: 28/03/2021 // Comentarios: 0

    Este 31 de marzo fue una fecha clave para los alquileres porque venció la segunda prórroga del DNU que venía congelando los precios, extendiendo los contratos e impedía los desalojos.

    En el segundo micro de Los Turello de bolsillo (LTDB) en El Doce (canal 12 en la grilla de Cablevisión Córdoba y Flow, y canal 135 en DirecTV) se abordó el tema con la participación de los distintos protagonistas del negocio inmobiliario, con un agregado: qué sucede para el inquilino y para el propietario cuando se inscribe el contrato en la AFIP.

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    En la Argentina, hay más 9,5 de millones de inquilinos quienes deben tener presente que el 31 de marzo venció el Decreto (DNU 320/20) que, desde hace un año, establecía un congelamiento de los precios de los alquileres y una prórroga de los contratos.

    «Es difícil ‘quedarse en casa’, si uno no tiene un techo», afirma Maximiliano Vittar (Inquilinos Córdoba).

    Ante esta situación, ¿qué piden los inquilinos? Maximiliano Vittar, representante de Inquilinos Córdoba, dijo que es necesaria una nueva prórroga dada la actual coyuntura, ya que «la situación económica y la situación laboral» no han cambiado.

    Vittar señaló, además, que en el marco de una crisis sanitaria, los que carecen de vivienda deberán afrontar el riesgo de no tener techo. «Es difícil ‘quedarse en casa’, si uno no tiene un techo», enfatizó. 

     

    Alquileres: deuda y aumentos se suman

     

    Al no prorrogarse el Decreto 320/20, desde el 1° de abril los inquilinos deberán hacerse cargo de los aumentos no pagados y de la deuda acumulada desde hace un año -si la hubiera-, ya sea por la falta de pago de un mes o de varios meses. 

    Qué pasa con los inquilinos si no se extiende del DNU que congelaba los precios de los alquileres y prorrogaba los contratos.
    Crédito: Los Turello de bolsillo, #LTDB.

    Todo ese monto podrá ser afrontado por el actual locatario en 12 cuotas, con un interés del Banco de la Nación. 

    ¿Qué está sucediendo en el mercado inmobiliario con el precio de los alquileres?

    Las casas con patio en los barrios se alquilan como si fueran «pan caliente».

    Edgardo Calás, titular de Yukón Servicios Inmobiliarios y miembro de la conducción del Colegio de Profesionales Inmobiliarios, realizó este análisis: «Las casas en los barrios se alquilan como si fueran ‘pan caliente’, ya que la gente -por la pandemia- salió a buscar algo de patio, algo de aire». 

    Dijo también que el precio de referencia para un departamento de un dormitorio en Nueva Córdoba es de 14 mil pesos, que implica un aumento de 40% en relación con un año atrás.

    Sin embargo, Calas advirtió que para el propietario puede ser un monto menor, ya que la nueva ley lo obliga «a pagar de su bolsillo» los impuestos. 

    Qué establece la Ley de Alquileres N° 27.551/20.
    Crédito: Los Turello de bolsillo, #LTDB.

    La nueva Ley de Alquileres N° 27551  estableció que la actualización será anual para los contratos realizados a partir del 1/7/20, según una combinación entre la inflación (IPC) y la evolución de los salarios formales, que se miden por el índice RIPTE.

     

    Alquileres: el registro del contrato

     

    Desde el 1° de marzo, rige la obligación de inscribir los contratos ante la AFIP. 

    ¿Cuándo hay que registrar los contratos?

    Hasta el 15 de abril de 2021 hay tiempo para inscribir los contratos celebrados o renovados desde el 1° de julio de 2020 hasta el 31 de marzo de este año. Desde el próximo jueves 1° de abril, los contratos deben registrarse dentro de los 15 días corridos posteriores a su firma. 

    ¿Cómo hay que registrar los contratos?

    Si el propietario (locador) tiene Nivel 3 en la AFIP, deberá ingresar a la página del organismo y adherir al RELI (Registro de Locaciones Inmobiliarias) y, en la opción «Declaración de Contratos«, deberá anotarlo y enviar por PDF la copia del mismo. 

    • Una buena para los inquilinos: pueden registrar por su cuenta el contrato y desgravar hasta el 40% del monto del Impuesto de las Ganancias.  
    • Una alerta para los propietarios: si como locador no está inscripto ante la AFIP, deberá consultar a un contador público matriculado, que le indicará cuáles son sus nuevas obligaciones tributarias -con el registro del contrato de alquiler- ante los gobiernos de la Nación, de la Provincia de Córdoba y de la Municipalidad de Córdoba. 

    Clic aquí para repasar los contenidos del primer micro de Los Turello de bolsillo (LTDB) que analizó el tema de los precios en nuestro país. 

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