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  • Empleados, monotributistas y autónomos, con las barbas en remojo

    Publicado: 30/05/2013 // Comentarios: 0

    La AFIP puso la mira sobre los monotributistas, empleados en relación de dependencia y autónomos con ingresos elevados. Diseñó estrategias que apuntan a evitar el «enanismo fiscal».

    Esta figura se usa en el ámbito tributario para definir a una persona que paga sus impuestos, pero lo hace por menos de lo que corresponde en función de sus ingresos. Todos ellos, deberán poner «las barbas en remojo». A saber:

     

     Empleados 

     

    ■   A través de la Resolución 2437, la AFIP estableció que durante el mes de junio, los que en 2012 tuvieron ingresos similares o superiores a 96 mil pesos deberán presentar una declaración sobre los bienes que poseían al 31 de diciembre último, si no ingresaron la que correspondía por el Impuesto a los Bienes Personales.
    ■   Si hubieran obtenido ingresos brutos por un importe igual o superior a 144 mil pesos, deberán informar el detalle de sus bienes al 31 de diciembre. Además, el total de ingresos, gastos, deducciones admitidas y retenciones sufridas, entre otros ítems, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Ganancias.
    ■   El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, adelantó que se efectuarán emplazamientos vía electrónica.

     

     Monotributistas 

     

    ■   Ya concluyó la primera recategorización anual. La AFIP está emplazando vía electrónica a quienes figuran en las categorías de este tributo y tienen bienes registrables que denotarían una mayor capacidad tributaria.

     

     Autónomos 

     

    ■   También en junio, los trabajadores independientes (profesionales, oficios y comerciantes) deberán encuadrarse en una nueva categoría si se incrementaron sus ingresos. Las escalas llevan seis años sin ser modificadas. Esto es así, ya que el monto total de ingresos que percibió el autónomo durante el año pasado determina si el contribuyente debe saltar de categoría y, por consiguiente, si corresponde aumentar su cuota mensual a cancelar.

    En otro orden, la movida de la AFIP incluirá la obligación de inscribirse como empleador al titular de una casa particular que tenga una empleada doméstica, jardinero, cocinero o chofer, entre otras figuras.

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