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  • Gas: más que debatir 400% ó 500%, hay amparos vigentes

    Publicado: 13/07/2016 // Comentarios: 0

    La Argentina se ha sumergido en un debate sobre cómo se facturarán los servicios de gas natural a las familias y a las empresas; cuándo llegarán las nuevas facturas y si hay que pagarlas o no.

    Sin embargo, hay que recordar que están vigentes sendos amparos concedidos por las cámaras federales de Córdoba y de La Plata. Para esta provincia, la Cámara -que preside Abel Sánchez Torres- dejó en suspenso las resoluciones del Ministerio de Energía por 90 días y ordenó facturar los servicios en función de las tarifas vigentes al 31 de marzo último. La Cámara Federal de La Plata, a su vez, suspendió las nuevas tarifas para todo el país. ¿Qué pasa entonces?

    El tope fijado por el Gobierno al aumento del gas natural desincentiva el ahorro para los grandes consumidores | Foto: archivo Turello.com.ar

    El tope fijado a la suba del gas desincentiva el ahorro para grandes consumidores | Foto: archivo Turello.com.ar

    Hasta que las causas de Córdoba y La Plata no lleguen en apelación a la Corte Suprema de Justicia, el tribunal no tiene un “caso” para resolver.

    En ambos procesos, la forma de llegar a la Corte es a través del recurso extraordinario y en caso de ser denegado ir en queja al máximo tribunal. Recién ahí la Corte tendría un «caso» para resolver la cuestión de fondo. Este trámite no se completaría antes del mes de agosto.

     

    Siguen vigentes los amparos

     

    Sobre este tema, el abogado Miguel Siciliano recordó ante los micrófonos de Radio Continental Córdoba que los amparos están vigentes, por lo que no corresponde facturar el servicio con los aumentos dispuestos por el Gobierno nacional.

    Anoche, en el programa Los Leuco, el ministro Juan José Aranguren reveló que había firmado la Resolución 129/16, que establece los nuevos valores para el consumo de gas natural.

    Ayer, el Gobierno nacional apeló la decisión del tribunal platense. Ahora la Cámara tiene un plazo de 10 días, que en la práctica se extenderá hasta principios de agosto por la feria judicial, para resolver si concede la apelación ante la Corte.

    En ese caso, tendrá que decidir si el dictamen es de “carácter suspensivo”, es decir deja en suspenso el amparo, o de “carácter devolutivo”, que concede la apelación ante el tribunal superior, pero deja vigente el amparo. Por tratarse de un hecho que afecta a miles de familias en la Argentina, en medios judiciales se especula que la Cámara de La Plata concederá la apelación, pero con carácter devolutivo.

    Por lo tanto, la discusión sobre cómo se facturará el 400% ó 500% por ciento de aumento no tiene razón hasta tanto no se pronuncie la Corte Suprema, un tema que resolvería recién a mediados o fines de agosto, cuando el consumo de gas natural para la calefacción ya sería mínimo.

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