El trabajo sigue siendo un problema en la Argentina por el aumento de la desocupación. Los desempleados se preguntan qué tipo de trabajo se demanda, qué habilidades se requieren y cuáles son los aumentos salariales previstos para este año.
Estos temas fueron abordados en el último micro de Los Turello de bolsillo (LTDB), con la participación de la consultora Josefina Rex y del abogado laboralista Jorge Sappia, ex ministro de Trabajo de Córdoba y ex secretario de Empleo de la Nación. Aquí las definiciones.
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Salarios 2021
Para este año, la CGT pidió un aumento salarial de entre 35 y 40%, que es la cifra que están reclamando la mayoría de los gremios.
La Asociación Gremial de Empleados de Comercio –el sindicato más numeroso del país con 1,2 millones de afiliados- cerró un acuerdo hasta febrero de 2022 por 32%, con una cláusula de revisión en septiembre próximo.
El valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil en Febrero de 2022 será de $29.160, lo que implica 35% de aumento, a partir de siete incrementos: 9% en abril; 4% en mayo; 4% en junio; 3% en julio; 5% en septiembre; 5% en noviembre y 5% final en febrero. Está prevista una revisión una revisión en Septiembre de 2021.
Josefina Rex, titular de la consultora que lleva su nombre, afirma que hay un incremento de las búsquedas activas desde febrero último, por lo que se presume que éste “será un año diferente con respecto a 2020”.
“Los perfiles iniciales después de una crisis siempre suelen ser los comerciales, son los que arrancan, porque las empresas necesitan incrementar los niveles de venta”, agrega.
Los cargos más pedidos son, por el momento, los que corresponden a los mandos medios y altos porque “son los lugares que se buscan reemplazar, ya que –luego de una crisis- hay un déficit o una incomodidad con esos cargos (con los desempeños actuales)”.
Si una persona está buscando trabajo o desea reconvertirse, Andrés Pallaro, director del Observatorio del Futuro de la Universidad Siglo 21, sugiere trazar un horizonte laboral con ayuda profesional; incorporar y perfeccionar ciertas habilidades con alto potencial a futuro. Entre ellas, las digitales (tecnológicas), las llamadas “blandas” (sociales) y las técnicas (específicas de un sector).
La prolongación de la pandemia del Covid-19 y las nuevas restricciones impusieron el teletrabajo para muchas posiciones en las empresas; regulado por ley que lleva su nombre, desde el 1° de abril último.
Según el abogado laboralista Jorge Sappia, rige “el mismo contrato, al que se le agrega una nueva norma reguladora (el teletrabajo); el empleado sigue teniendo la misma empresa, la misma antigüedad, la misma categoría y la misma remuneración. Lo que se puede, con acuerdo del trabajador, es decidir el lugar dónde va a trabajar”.
El equipamiento para el telerabajo –la computadora, la silla, etcétera- debe ser provisto por el empleador, pero aún está en debate cuánto debe abonar por los servicios relacionados con la tarea, por ejemplo, el uso de la energía eléctrica y la conexión a Internet.
El tema debería ser resuelto en el convenio colectivo de cada sector, opina Sappia.
-Y si durante la jornada de homeoffice se produce un accidente en el hogar, ¿quién debe cubrirlo? -se le preguntó
-Si el accidente es en el hogar, la ART tiene que atenderlo, no hay ninguna duda. Pero, cuidado: el trabajador tiene que permitir la inspección del empleador (en su hogar) y también por la autoridad administrativa del Ministerio de Trabajo, que debe poder ingresar al domicilio de los teletrabajadores para ver cómo y en qué condiciones se está desempeñando -señaló el especialista laboral.
Vea también: 28/4/21 | Los cambios en el monotributo y en Ganancias
Una buena para los empleados en relación de dependencia
Mas allá de los problemas que hay en el mercado laboral, sin dudas que una buena para los trabajadores en relación de dependencia es los cambios en el Impuesto a las Ganancias.
Los cobren hasta 150 mil pesos mensuales de sueldo bruto no estarán alcanzados por el impuesto. Además, el aguinaldo quedó exento de este tributo y los trabajadores podrán descontar también hasta el 40% de los pagos de un alquiler o de un crédito hipotecario, y los gastos operativos que demanden la educación de sus hijos.